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Garantía Estatal por Depósitos


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Ley General de Bancos

Las normas de la Ley General de Bancos Chilena aseguran los depósitos en moneda nacional y extranjera de la manera que se detalla a continuación.

  100% del Monto
1 Depósitos en cuenta corriente.
2 Depósitos mediante libreta de ahorro a la vista.
3 Otros depósitos a la vista.
4 Depósitos a plazo cuyas fechas de vencimiento no excedan los 10 días siguientes a la presentación de convenio o la declaración de liquidación forzosa.
5 Depósitos mediante libreta de ahorro a plazo con giro incondicional.

  90% del Monto*
1 El titular es persona natural.
2 Depósitos a plazo mediante documentos nominativos, a la orden o de libreta de ahorro a plazo y giro diferido.
* Máximo a pagar de 108 UF, considerando todo el sistema financiero y cada año calendario.
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